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Participa

ago. 28, 2025

6.1.1. Descripción General del Menú Participa / 6.1.2. Publicar la información sobre los mecanismos, espacios o instancias del Menú Participa / 6.1.4. Publicar la Estrategia anual de rendición de cuentas. / 6.1.6. Publicación de informes de rendición de cuentas generales 

El Menú Participa es un espacio dentro de la página web que contiene la información sobre los espacios, mecanismos y acciones que permiten la participación ciudadana. Particularmente el de Refinería de Cartagena contesta las siguientes preguntas: ¿De qué se trata el Menú Participa?, ¿Cuáles son las secciones que lo integran? y ¿Cómo se puede participar?

 

El Departamento Administrativo de la Función Pública, en el documento “Lineamientos para publicar información en el Menú Participa sobre participación ciudadana en la gestión pública” establece que no todo contenido del Menú Participa es de carácter obligatoria para la entidad implementadora, como es el caso de las sociedades de economía mixta, entre otras, “(…) porque tienen algunas excepciones que, por el desarrollo de actividades comerciales en competencia con el sector privado, se rigen por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales para garantizar el derecho ciudadano a participar o vigilar los recursos de origen público o el cumplimiento de funciones públicas."

 

Teniendo en cuenta que Refinería de Cartagena S.A.S., es una de sociedad de economía mixta que desarrolla actividades comerciales en competencia con el sector privado: (i) no está dentro de sus funciones expedir, sancionar o revisar normas, generar políticas públicas para generar soluciones a problemáticas identificadas, (ii) no está obligada a llevar a cabo la rendición de cuentas ante la ciudadanía, de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 50 de la Ley 1757 de 2015, y (iii) está exenta de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión con ocasión de lo señalado en los artículos 74 y 77 de la Ley 1474 de 2011.

 

Ahora bien, Refinería de Cartagena emite anualmente el Informe de Gestión del año inmediatamente anterior, los cuales se encuentran en el siguiente enlace: Informes de Gestión

 

6.1.3. Publicar la Estrategia de participación ciudadana. / 6.1.5. Publicar el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano (PAAC) / 6.1.8. Calendario de la estrategia anual de participación ciudadana.

 
Plan Anual Anticorrupción.
 

Sobre el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano (“PAAC”), se aclara que el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011 establecía la obligación de las entidades del orden nacional, departamental y municipal de contar con este documento. Pero con la expedición del artículo 31 de la Ley 2195 de 2022, se modificó la referida disposición, y se estableció la obligación de implementar Programas de Transparencia y Ética Pública (“PTEP”).

 

Mediante el Decreto 1122 de 2024, se reglamentó el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, y frente al PAAC, dispuso que toda mención que a estos planes se haga en normas u otro documento, se entiende referida al PTEP, y derogó tácitamente las normas reglamentarias relacionadas con el PAAC que sean incompatibles y, de forma expresa, los artículos 2.1.4.1, 2.1.4.2, 2.1.4.3, 2.1.4.4, 2.1.4.5, 2.1.4.6, 2.1.4.7, 2.1.4.8 y 2.1.4.9 del Decreto 1081 de 2015.

 

Adicionalmente, el parágrafo 2 del artículo 2.1.4.4.1.1. del Decreto 1122 de 2024, establece que las entidades obligadas a implementar un PTEP que operan dentro de un mercado, industria o sector en el que se exija por parte de la autoridad de inspección, vigilancia y control un Programa de Transparencia y Ética Empresarial (“PTEE”), como es el caso de Refinería de Cartagena, podrán implementar únicamente el PTEE y se entenderá que cumplen con su obligación respecto del PTEP.

 

El PTEP de Refinería de Cartagena se encuentra publicado en el siguiente enlace: PTEP. Los PAAC de vigencias anteriores se encuentran publicados en siguiente enlace: Planes Anticorrupción

 

Adicionalmente, Refinería de Cartagena cuenta con diversas herramientas que ratifican el compromiso frente a la lucha contra la corrupción, entre las que se destacan el Código de Ética y Conducta, los Programas de Ética y Cumplimiento tanto de la Sociedad como del Grupo Ecopetrol, el Manual para la ejecución y funcionamiento del Programas de Cumplimiento, la Política y el Manual SAGRILAFT, y la matriz de riesgos de corrupción y soborno.

 
Finalmente, a continuación, se publica el calendario de actividades de la vigencia 2025:
 
 

6.1.7. Convocatorias para la participación de la ciudadanía y grupos de valor en los espacios, instancias o acciones que ofrece la entidad. / 6.1.9. Formulario de inscripción ciudadana a procesos de participación, instancias o acciones que ofrece la entidad / 6.1.10. Canal de interacción deliberatoria para la participación ciudadana.

Los siguientes enlaces remiten a la plataforma “Trabaje con nosotros”, a la Carta de Trato Digno y a la herramienta virtual para presentar PQRS:

 

(i)          Postúlese: https://www.ecopetrol.com.co/wps/portal/Home/es/trabaje-con-nosotros/

(ii)         Carta de Trato Digno: Carta de trato digno 2025

(iii)        Presente aquí su PQRS: https://ecopetrol.my.salesforce-sites.com/IngresoQuejas

 
A continuación, se relacionan y desarrollan las secciones que integran el Menú Participa de Refinería de Cartagena S.A.S.:
 
6.2.1. Participación para el diagnóstico de necesidades e identificación de problemas / 6.2.4. Colaboración e Innovación / 6.2.6. Control Social.: 
 
El Departamento Administrativo de la Función Pública, en el documento “Lineamientos para publicar información en el Menú Participa sobre participación ciudadana en la gestión pública” establece que no todo contenido del Menú Participa es de carácter obligatoria para la entidad implementadora, como es el caso de las sociedades de economía mixta, entre otras, “(…) porque tienen algunas excepciones que, por el desarrollo de actividades comerciales en competencia con el sector privado, se rigen por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales para garantizar el derecho ciudadano a participar o vigilar los recursos de origen público o el cumplimiento de funciones públicas."
 
Teniendo en cuenta que Refinería de Cartagena S.A.S., es una de sociedad de economía mixta que desarrolla actividades comerciales en competencia con el sector privado: (i) no está dentro de sus funciones expedir, sancionar o revisar normas, generar políticas públicas para generar soluciones a problemáticas identificadas, (ii) no está obligada a llevar a cabo la rendición de cuentas ante la ciudadanía, de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 50 de la Ley 1757 de 2015, y (iii) está exenta de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión con ocasión de lo señalado en los artículos 74 y 77 de la Ley 1474 de 2011..
 
Ahora bien, en el siguiente enlace se encuentra el calendario de actividades y eventos de Refinería de Cartagena: Calendario de actividades.
 
6.2.2 Planeación y presupuesto participativo.

La Ley 1757 de 2015 Los artículos 90, 91, 92, 93 y 100 de La Ley 1757 de 2015 disponen que, son los gobiernos regionales, distritales, municipales y de las localidades los encargados de realizar los ejercicios de presupuesto participativo.
 
Por lo anterior, Refinería de Cartagena S.A.S. como sociedad de economía mixta, no está en la obligación de contar con un presupuesto participativo.
 
6.2.3 Consulta ciudadana
 

Según lo establecido en la matriz ITA de la Procuraduría General de la Nación esta sección tiene como propósito: “conocer las opiniones, sugerencias o propuestas, comentarios y aportes de los usuarios, ciudadanos y grupos de interés con respecto a los proyectos, normas, políticas, programas o trámites adelantados por la entidad antes de la formulación de los mismos o la toma de decisiones.”


Al respecto, se precisa que, dada la naturaleza jurídica de Refinería de Cartagena S.A.S. de sociedad de economía mixta y según lo establecido en los Estatutos, no está dentro de sus funciones expedir, sancionar o revisar normas, generar políticas públicas y no presta trámites a la ciudadanía.

 

6.2.4 Rendición de cuentas.
 
De conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 50 de la Ley 1757 de 2015 las sociedades de economía mixta que desarrollan actividades comerciales en competencia con el sector privado, nacional o internacional o en mercados regulados, como es el caso de Refinería de Cartagena S.A.S., no están obligadas a llevar a cabo la rendición de cuentas ante la ciudadanía.
 

 

6.3.1. Refinería de Cartagena S.A.S. cuenta con los siguientes canales de comunicación:
 
Presencial
 

En nuestra Oficina de Correspondencia ubicada en la ciudad de Cartagena de Indias. D. T. y C., Zona Industrial Mamonal Km. 10 vía Cartagena – Pasacaballos, Edificio Administrativo Piso 1, de lunes a viernes en horario de 7:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m. 

 

Virtual    
 
Las PQRS se recibirán ingresando a: https://ecopetrol.my.salesforce-sites.com/IngresoQuejas/
 
Adicionalmente, se cuenta con el siguiente correo electrónico de atención a la ciudadanía: atencionalciudadano@reficar.com.co
 

Las denuncias por faltas al Código de Ética, hechos de corrupción, fraude, lavado de activos o financiación del terrorismo, se pueden presentar en la siguiente dirección:

 

 
Telefónico    
 
(i)    Línea celular: +057 3176676042 de lunes a viernes, en horario de 7:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m.
 
(ii)   Línea gratuita: 018000952021
 
(iii)  Línea anticorrupción: 

a)    Línea de atención telefónica gratuita: 018009121013. 
b)    Línea de atención telefónica en Bogotá: +57 (601) 2343900.
c)    Línea de atención telefónica móvil: +57 3103158600 ext. 43900
 
Agende su cita para atención presencial    
 
En caso de requerir cita de atención presencial, se deberá remitir la solicitud al correo electrónico atencionalciudadano@reficar.com.co
 
3.2.    Mecanismos de participación ciudadana en Refinería de Cartagena S.A.S.:
 
  • Derecho de petición: Derecho que tiene toda persona de realizar solicitudes de documentos y/o información pública, con el fin obtener respuesta oportuna y eficaz a sus peticiones en los plazos establecidos en las disposiciones legales. Dentro de la Carta de Trato Digno se encuentran relacionados los términos de respuesta, de conformidad con lo establecido en las disposiciones legales que rigen la materia: Carta de Trato Digno 2025
     

  • Denuncias: Las denuncias por faltas al Código de Ética, hechos de corrupción, fraude, lavado de activos o financiación del terrorismo, se pueden presentar en la siguiente dirección: http://lineaetica.ecopetrol.com.co 
     

  • Quejas, reclamos y sugerencias: La ciudadanía podrá presentar quejas cuando se encuentren insatisfechos con las conductas de servidores públicos, reclamos cuando se encuentren insatisfechos con la atención recibida y sugerencias cuando encuentren algo por mejorar. Podrán ser presentadas en el siguiente enlace: https://ecopetrol.my.salesforce-sites.com/IngresoQuejas/